jueves, 7 de marzo de 2013

identidad nacional

Identidad nacional es la identidad basada en el concepto de nación, es decir, el sentimiento de pertenencia a una colectividad histórico-cultural definida con características diversas, rasgos de cosmovisión definidos con mayor o menor localismo o universalismo (desde la cultura a la civilización), costumbres de interacción, organización social y política (particularmente, el Estado -tanto si se identifica con él como si se identifica contra él-), etc. La identificación con una nación suele suponer la asunción, con distintos tipos y grados de sentimiento (amor a lo propio, odio o temor a lo ajeno, orgullo, fatalismo, victimismo, chauvinismo) de las formas concretas que esas características toman en ella. Se da simultáneamente a otras identidades individuales o identidades colectivas1 basadas cualquier otro factor (la lengua, la raza, la religión, la clase social, la condición sexual, etc.), asumiéndolas, superponiéndolas, ignorándolas o negándolas. Suele tomar como referencia elementos explícitos tales como símbolos patrios o signos distintivos (banderas, escudos, himnos, selecciones deportivas, monedas, etc.) 
Históricamente la identidad nacional es una comunidad imaginada, la forma en que se efectuó la construcción de nación por los nacionalismos del siglo XIX en los estados-nación europeos y americanos; extendida al resto del mundo por los movimientos de resistencia al imperialismo y el colonialismo, y en la segunda mitad del siglo XX por la descolonización y el tercermundismo.

"Identidad nacional" como contenido de la soberanía nacional

El Tratado de la Unión Europea considera que la "identidad nacional" es "inherente a las estructuras fundamentales políticas y constitucionales" de cada Estado miembro y la Unión debe respetarla, por identificarse con el contenido de la soberanía nacional que no se transfiere de los Estados a la Unión. Tanto el Tribunal Europeo de Justicia como el Tribunal Constitucional Federal alemán han definido tal "identidad nacional" como "el conjunto de poderes necesarios para que aquel [el Estado miembro] pueda configurar con entera libertad las condiciones de vida económicas y sociales de sus ciudadanos; un límite infranqueable para la transferencia de competencias a favor de la Unión que el mismo Tribunal se encarga de garantizar, declarando la inaplicabilidad en Alemania [y por tanto, en el resto de los Estados] de las normas europeas que no lo respeten".


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